Por: Abril Alexandra Ruiz Ramos, estudiante de sexto semestre de la licenciatura en Derecho
¿Hasta qué punto es legítimo que una mujer decida gestar un bebé para otra persona o pareja? ¿Es un acto de libertad y altruismo o una forma de explotación moderna? La gestación subrogada, también conocida como alquiler de vientres, es un tema que ha generado un intenso debate en los ámbitos jurídico, ético y social. Mientras que algunos la ven como una oportunidad para cumplir el deseo de tener hijos, otros advierten sobre los riesgos de convertir la maternidad en una transacción comercial y los peligros de la mercantilización del cuerpo femenino.
Este procedimiento consiste en que una mujer gesta un embrión que, en la mayoría de los casos, no tiene relación genética con ella, para posteriormente entregarlo a los futuros padres. Dependiendo de la regulación en cada país, la gestante puede recibir una compensación económica por su labor (gestación subrogada comercial) o hacerlo de manera altruista, es decir, sin recibir pago más allá de la cobertura de los gastos médicos. Esta distinción es clave en el debate, pues mientras algunos países han legalizado la gestación altruista, la versión comercial sigue siendo altamente cuestionada por sus implicaciones éticas.
Un desafío para los marcos jurídicos
Desde el punto de vista legal, el alquiler de vientres plantea numerosos desafíos. En muchos países, la ley no contempla con claridad esta práctica, lo que genera vacíos legales y conflictos en torno a la filiación del bebé. ¿Quiénes son los padres legales del niño? ¿La gestante tiene derecho a quedarse con el bebé si cambia de opinión? ¿Qué ocurre si los futuros padres deciden no aceptar al bebé después de nacido?
La falta de una regulación uniforme ha dado lugar a lo que se conoce como “turismo reproductivo”, donde personas de países con restricciones viajan a naciones con leyes más permisivas para acceder a la gestación subrogada. Esto ha generado situaciones problemáticas, como la explotación de mujeres en situaciones de vulnerabilidad, especialmente en países con altos niveles de pobreza.
Algunos países, como España y Francia, han prohibido esta práctica, argumentando que atenta contra la dignidad de la mujer y el derecho del menor a no ser tratado como un objeto de intercambio. En contraste, naciones como Canadá y Reino Unido permiten la gestación subrogada altruista, mientras que en Estados Unidos y México existen legislaciones estatales que regulan tanto la modalidad altruista como la comercial. Sin embargo, incluso en países donde es legal, los conflictos legales y emocionales entre las partes involucradas siguen siendo motivo de litigios y controversias.
Dilemas éticos y la mercantilización del cuerpo femenino
Uno de los puntos más sensibles del debate es el posible uso de la gestación subrogada como un negocio que explota el cuerpo femenino. Organismos como la ONU y Amnistía Internacional han advertido sobre los riesgos de convertir la maternidad en una industria lucrativa, donde las mujeres con menos recursos se vean presionadas a alquilar su vientre para subsistir.
Los críticos sostienen que, en muchas ocasiones, las mujeres que aceptan ser gestantes lo hacen en condiciones de desigualdad, sin plena autonomía ni conocimiento de los riesgos físicos y emocionales involucrados. Además, la relación contractual entre las partes puede generar conflictos éticos, como la posibilidad de que los futuros padres exijan la interrupción del embarazo si el feto presenta malformaciones o problemas de salud.
Por otro lado, los defensores de la gestación subrogada argumentan que, si se lleva a cabo con regulaciones claras y estrictas, puede representar una alternativa viable para personas con dificultades reproductivas. Para muchas parejas infértiles, personas solteras o parejas del mismo sexo, esta es la única opción para tener un hijo biológico. En estos casos, la clave está en garantizar que las mujeres que deciden ser gestantes lo hagan de manera informada, voluntaria y sin presiones externas.
Asimismo, algunas posturas feministas han señalado que la prohibición total de la gestación subrogada también puede atentar contra la autonomía de las mujeres que desean ofrecer su capacidad de gestar como un servicio legítimo y regulado. Para ellas, el derecho a decidir sobre su propio cuerpo debe incluir la posibilidad de ser gestantes para terceros, siempre que esto ocurra bajo condiciones de transparencia y sin coerción.
El papel del Estado y la sociedad en la regulación de la gestación subrogada
Ante este panorama, los Estados tienen la responsabilidad de definir un marco normativo que proteja tanto a la gestante como al niño y a los futuros padres. Es fundamental establecer reglas claras sobre:
Los derechos y obligaciones de la gestante y los futuros padres.
La filiación del bebé desde el nacimiento.
Los requisitos que deben cumplir las mujeres que deciden gestar para otros.
La regulación de agencias intermediarias para evitar abusos y explotación.
Los criterios médicos y psicológicos que garanticen la salud y el bienestar de la gestante.
Además, es necesario fomentar un debate informado y multidisciplinario en el que participen no solo juristas, sino también especialistas en bioética, medicina y derechos humanos. Solo así se podrá diseñar un modelo que garantice la seguridad y el respeto a la dignidad de todos los involucrados.
En algunos países con modelos avanzados de regulación, se han establecido protocolos estrictos para evitar cualquier forma de explotación. Por ejemplo, en Canadá y el Reino Unido, las mujeres que desean ser gestantes deben cumplir con ciertos requisitos de edad, salud y estabilidad emocional. Asimismo, las agencias intermediarias están sujetas a un control riguroso para evitar abusos.
Sin embargo, en países con normativas más flexibles, como algunos estados de EE. UU. o México, las condiciones varían considerablemente. En algunos casos, esto ha dado pie a mercados altamente lucrativos donde los derechos de la gestante no siempre son protegidos adecuadamente.
Conclusión
El debate sobre la gestación subrogada es complejo y plantea interrogantes fundamentales sobre la autonomía, la dignidad y los derechos humanos. La clave no está en una postura absolutista de prohibición o libre mercado, sino en encontrar un equilibrio que proteja a todas las partes.
Regulaciones claras, transparencia en los procesos y un enfoque basado en derechos humanos pueden permitir que esta práctica sea una opción válida para quienes lo necesiten, sin que implique explotación ni mercantilización del cuerpo femenino. En última instancia, el desafío es garantizar que cualquier decisión en torno a la gestación subrogada tenga como prioridad el bienestar del niño y el respeto por la mujer gestante.
Referencias
González, L., & Ramírez, P. (2020). Reproducción asistida y derechos humanos: una mirada crítica al alquiler de vientres. Editorial Jurídica Contemporánea.
ONU Derechos Humanos. (2022). Informe sobre el impacto de la gestación subrogada en los derechos de las mujeres. Recuperado de https://www.ohchr.org
Santillán, M. (2021). Alquiler de vientres: dilemas éticos y desafíos legales en la reproducción asistida. Revista Latinoamericana de Derecho, 15(2), 45-62.