Publicado el 2022-09-26 en Doctorado

Los Derechos de Autor, tu salvaguarda

Por: Romeo Amauri López Calderón, director de Planeación Estratégica y actualmente se encarga de los registros de marca y derechos de autor en la Universidad Latina de América



Tener un hijo, plantar un árbol y escribir un libro.
Máxima coloquial.

 

A partir de la aparición de la imprenta, atribuida a Johannes Gutenberg, se difundió el conocimiento del hombre y este se esparció por todo el mundo. Quién iba a pensar que, con unos simples entramados mecánicos, muy revolucionados para la época, se plasmarían en el papel letras, ideas, silogismos, pensamientos, argumentos, e incluso sentimientos que cambiarían la forma de pensar de los hombres y mujeres en ese tiempo. A lo largo del tiempo se agregarían a esas páginas imágenes, ilustraciones y otros elementos para hacer más asequible la lectura y darle variedad al contenido de esos libros.

 

La lectura se acrecentó por el mundo, y ese primer libro, impreso en ese artefacto, sería La Santa Biblia, lo cual daría pie con el paso del tiempo a la impresión de millones y millones de ejemplares, los cuales enriquecen nuestros acervos bibliográficos, nuestra cultura, nuestro conocimiento, nuestras bibliotecas, y dándole sentido a aquella máxima que cita: «una casa sin libros, es como un cuerpo sin alma».

 

Podríamos creer que, a partir de este tiempo, 1440, la persona que escribía un libro era el autor y auténtico dueño y poseedor de los Derechos de Autor de las ideas de esa obra. Pero no es así. Ya en el derecho romano, al menos en lo que respecta a la parte de los derechos morales, término dado al autor que puede disponer de la publicación de su obra, y los plagiarios, término que deriva del latín plagiaria, que significa ‘secuestradores’, eran mal vistos socialmente, paradójicamente como lo es hoy en día.

 

 

Además, recordemos que antiguamente el arte de escribir no se hacía por fama o por obtener prestigio, sino por “amor al arte”, o para transmitir y preservar el conocimiento; era una mera pasión literaria. Pero esa pasión comenzó a desbordarse, y fue en los Estados Unidos de América, en el año de 1790, que se crea la Ley de Derechos de Autor (Copyright Act).  Cuyo objeto esencial de esta norma jurídica era asegurar a su titular la protección de su contenido o a sus cesionarios, por el término de 14 años, cuya situación al día de hoy puede parecer irrisoria pues la ley protege en México a su titular durante su vida, y a su muerte, por 100 años posteriores.

 

De acuerdo a la definición que encontramos emitida por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, WIPO por sus siglas en inglés, Derecho de Autor en la terminología jurídica, se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos.

 

En el mes de abril, el día 23 se conmemora el día Internacional del Libro, pues coincide durante el año de 1616 con el deceso de Miguel de Cervantes Saavedra, William Shakespeare y del Inca Garcilaso de la Vega en la misma fecha. 

 

A partir de esta fecha, tenemos diversas leyes en diferentes países para fomentar y preservar las diferentes obras que circulan por el mundo. En nuestro país, la Ley Federal de los Derechos de Autor estipula claramente la protección, los derechos y las obligaciones que deben observar cuidadosamente los autores, y no solo ellos, se habla también de las revistas, editoriales, imprentas, programas de cómputo, luchadores (no sociales, sino esos personajes del cuadrilátero), superhéroes, caricaturas, cantantes, músicos, programas de radio y de televisión, entre otros.

 

 

Proteger el contenido de los libros que escribes, artículos de revistas, fotografías, canciones, y otras por citar solo algunas, es una obligación que se debe tener presente y que debes hacer, por el simple hecho de que en este mundo donde la información se esparce como motas, lo mejor es asegurarnos de que se nos reconozca el contenido, y en este caso se preserve con las siglas D.R., Derechos Reservados.

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