Por: Ximena Hernández Luna, estudiante de quinto semestre de la licenciatura en Derecho UNLA.
¿La reciente reforma otorga más garantías o limita nuestros derechos? En septiembre se aprobó una reforma que modifica la Ley de Amparo y otras leyes relacionadas en materia administrativa y fiscal en nuestro país. Dicha reforma ha generado debate entre juristas y abogados sobre el impacto que tiene en la protección de los derechos y el acceso a la justicia en México.
El amparo en nuestro país es un medio de defensa que las personas tenemos para proteger, ante los tribunales, los derechos que reconoce nuestra Constitución cuando consideramos que una autoridad los está violentando.
La redefinición del interés legítimo con la reforma debe ocasionar en la persona quejosa una lesión jurídica, individual o colectiva, real y diferenciada del resto de las personas. En términos sencillos, significa que la afectación que se reclame debe producir un beneficio cierto y no algo hipotético.
En los actos de ejecución o cobro de contribuciones de créditos fiscales determinados en materia fiscal no procederá el amparo indirecto, hasta que se haya publicado la convocatoria de remate. Esta limitante pone en desventaja al contribuyente frente a la autoridad; entiendo que lo que se busca es frenar el cobro, pero en la práctica limita la defensa del contribuyente ante abusos o errores de la autoridad fiscal competente.
Los contribuyentes están obligados a dejar en garantía el interés fiscal en términos del artículo 135; no así las personas morales oficiales, como lo son los organismos descentralizados, las empresas públicas del Estado, las empresas de participación estatal mayoritaria, las instituciones nacionales de crédito y las de seguros, de fianzas, fondos y mandatos, entre otras.
Sin embargo, no todo es malo. La reforma también incorpora los procesos tanto de manera electrónica como impresa. Modernizar los procesos garantiza un acceso a la justicia más amplio y eficiente, del que toda la sociedad se beneficia.
En mi opinión, es muy importante la figura del amparo en nuestro país, que históricamente ha sido un ejemplo jurídico para otros países. Debemos mantenerlo como lo que es: una herramienta de control constitucional, equilibrando los aspectos positivos de la modernización de procesos con lo negativo de poner por encima a organismos públicos frente a los contribuyentes.
La reforma restringe, sí, y, en definitiva, representa un retroceso para el amparo en nuestro país. Estas restricciones harán cada vez más difícil el acceso a la justicia y, por tanto, imposibilitan detener actos de autoridad inconstitucionales.
Referencias